Los Salesianos

Nosotros, los Salesianos de Don Bosco, somos una organización internacional de hombres entregados totalmente al servicio de los jóvenes, especialmente a los más pobres y necesitados.

Dondequiera que trabajemos, el punto clave de nuestra preocupación es el “Desarrollo de los Recursos de la Juventud” a través de la educación y la evangelización, porque creemos que nuestra entrega total a los jóvenes es nuestros mejor regalo a la sociedad.

Fundados por San Juan Bosco, un santo-educador italiano del siglo XIX, somos, estamos presentes en 128 naciones.Los Salesianos de Don Bosco

  • Vivimos en comunidades comprometidas, activamente, en el mundo de la juventud.
     
  • Somos miembros de la Iglesia y trabajamos en armonía con sus enseñanzas.
     
  • La oración y la obediencia al Espíritu de Dios son el fundamento de nuestro servicio.
     
  • Nos esforzamos por hacer realidad el sueño de Don Bosco e inculcar su estilo y su carisma únicos.
     
  • Actualizamos nuestra consagración a Dios a través de los tres votos: pobreza, castidad y obediencia.
     
  • Nuestra apuesta por los jóvenes es para hacer más patente nuestra credibilidad como “signos y portadores del amor de Dios” a cada uno de ellos.
     
  • Nuestra opción preferencial es trabajar entre la juventud pobre y abandonada de la sociedad.
     
  • Llegar a ser “signos y portadores del amor de Dios” es nuestro camino hacia la santidad - una ruta escogida por cada uno de nosotros para realizarla con los jóvenes.
     
  • Don Bosco, inspirándose en la bondad y en el celo de San Francisco de Sales, nos ha dado el nombre de Salesianos.
     
  • Desde el primero de marzo de 1869, en la Iglesia Católica se nos reconoce como instituto religioso clerical, de derecho pontificio, dedicado a las obras de apostolado.
     
  • Desde el 2 de septiembre de 1971 y, a efectos civiles del Estado Italiano, se nos reconoce como persona jurídica, como “Direzione Generale Opere Don Bosco”, con sede en Roma, Via della Pisana, n. 1111.

    (Fuente: Const. Art. 2, 4)